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¿Qué es?

Acciones relacionadas con la distribución o publicación de material privado (imágenes, videos, etc.) sin el consentimiento de la persona afectada lo que puede causar daño a su reputación y bienestar.

Publicación no consentida de material íntimo

¿Qué es?

Es compartir imágenes o videos íntimos de una persona sin su consentimiento, con fines de humillación, control o venganza.

¿Es delito?

Sí. En Argentina está penado por la Ley 27.736 (conocida como Ley Olimpia)

¿Cómo identificarla?

  • Después de una ruptura o conflicto
  • Como forma de venganza sexual
  • Para extorsionar, controlar o avergonzar
  • Incluso si la imagen fue enviada voluntariamente en otro contexto

¿Cómo prevenir?

  • Limita el envío de imágenes íntimas, aunque confíes en la otra persona
  • Protegé tu celular y redes con contraseña
  • Si te lo reenvían, no lo compartas
  • Conversá con adolescentes sobre los riesgos del sexting

¿Qué hacer en caso de detectarlo?

  • Guardá datos del perfil que lo publicó
  • Reportá el contenido en redes o plataformas
  • Pedí que bajen el contenido

Amenazas con fines de control o coerción

¿Qué es?

Ocurren cuando alguien intimida o condiciona a otra persona mediante amenazas, buscando manipularla, dominarla o forzarla a hacer algo contra su voluntad.

¿Es delito?

Sí. está penado por el Código Penal Argentino (Art. 149)

¿Cómo identificarlo?

  • “Si no volvés conmigo, voy a publicar tus fotos.”
  • “Si hablás con alguien, te voy a arruinar.”
  • Amenazas de daño físico, psicológico o social
  • Advertencias de divulgar información personal, íntima o falsa
  • Por mensajes de texto, WhatsApp o redes sociales
  • A través de perfiles falsos o anónimos
  • Mediante hackeo o robo de información para intimidar

¿Qué hacer en caso de detectarlo?

  • Guardá pruebas: capturas, mensajes, audios
  • Bloqueá al agresor
  • Hablalo con alguien de confianza

Doxing

¿Qué es?

Es la práctica de recolectar, exponer y divulgar información personal de alguien en internet sin su consentimiento, con fines de intimidación, daño o acoso.

¿Es delito?

Sí. Puede encuadrarse como:

  • Violación de la intimidad (Art. 153 CP)
  • Amenazas (Art. 149 bis)
  • Extorsión
  • Discriminación o violencia digital

¿Qué tipo de información?

  • Nombre completo, DNI, domicilio
  • Teléfonos, correos electrónicos, redes sociales
  • Lugar de trabajo o estudio
  • Datos financieros, contraseñas o fotos privadas

¿En que puede derivar?

  • Acoso digital o físico
  • Amenazas
  • Robo de identidad
  • Sextorsión o stalking

¿Cómo prevenir?

  • Configurá la privacidad de tus redes
  • Evitá compartir datos sensibles online
  • Buscá regularmente tu nombre en internet
  • Sospechá de solicitudes de datos no justificadas

¿Qué hacer en caso de detectarlo?

  • Hacé capturas de lo publicado
  • Reportá las publicaciones y perfiles
  • Pedí ayuda a una organización especializada

Denunciá

  • Llamá a la Línea 137 en caso de tratarse de menores
  • Comisaría más cercana
  • Web mpfneuquen.gob.ar 
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Delitos contra
sistemas informáticos

  • Violación de correspondencia electrónica
  • Acceso ilegítimo a sistema informático
  • Publicación abusiva de correspondencia
  • Acceso ilegítimo a un banco de datos, revelación y alteración de datos
  • Defraudación informática
  • Daño informático
  • Daño informático agravado
  • Bloqueo de comunicaciones informáticas
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